29 septiembre 2006

Normativa pirata... "con viento en popa a toda vela..."

Las normas de la Hermandad de la Costa

. Se prohibía todo ejercicio de patria o religión

. Quedaba prohibida la propiedad individual

. La cofradía no podía inmiscuirse en las relaciones personales

. Se podía abandonar la hermandad en cualquier momento

. Todos los hermanos eran iguales entre sí

. Un "cofrade" escogía a un compañero y, en caso de muerte, este se convertía en su heredero

. En caso de invalidez, se cobraban indemnizaciones

. Los beneficios del pillaje se repartían a partes iguales entre la tripulación

. El máximo órgano de gobierno era la Asamblea, en la que cada tripulante tenía un voto. Las decisiones de la Asamblea eran inapelables.

. Las faltas leves, como peleas o desobediencia, se castigaban con un número determinado de azotes. Las faltas graves -robos, delación o asesinato- se castigaban con la ejecución, la amputación de orejas o nariz o con el marooning (abandono en isla desierta).


Ciertamente tenían bien regulado el ejercicio de la pirateria. Me ha sorprendido la prohibición de profesar cualquier religión, buena manera de evitar que se pelearan por creencias. ¿Deberíamos hacer lo mismo en este mundo?

Como bien he comentado allí el Derecho Marítimo es uno de los más antiguos, y se basa principalmente en costumbres, e incluso ahora siguen primando sobre la legislación. Y ver que ese derecho es más justo o racional que muchos actuales me sigue fascinando. (si cierto, lo de amputaciones y demás no está bien, pero habrá que entender la época, probablemente entonces se usara el garrote vil para un simple hurto de comida.....]

[La ética de los piratas, Port 666]

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